México,
DF. El Senado de la República regresó a la Cámara de Diputados el dictamen a la
minuta de reforma laboral, luego de incorporar cambios en materia de
transparencia, democracia sindical, rendición de cuentas y contratos colectivos
de trabajo.
Previamente,
el pleno aprobó en lo general el dictamen con 100 votos a favor y 28 en contra
y enseguida se dio paso a la discusión en lo particular de 39 artículos
reservados por los grupos parlamentarios del PAN y el PRD, de los cuales ocho
de ellos recibieron el visto bueno.
Uno
de los temas más relevantes que la asamblea resolvió incluir en el dictamen se
dio a través del respaldo unánime de 128 sufragios a las reservas a los
artículos 364 bis y 365 bis, para dejar en claro que el registro de los
sindicatos sea público y bajo principios de legalidad, transparencia, certeza,
gratuidad, inmediatez, imparcialidad, equidad y respeto a la libertad,
autonomía y democracia sindical.
Más
adelante, con una votación de 67 votos a favor por parte del PAN, PRD, PT,
Movimiento Ciudadano y Nueva Alianza, y 61 en contra del PRI y PVEM se
aprobaron cambios al artículo 371, con el propósito de que la elección de las
dirigencias sindicales sea mediante voto libre, directo y secreto.
De
esta manera, las autoridades deberán hacer pública, para consulta de cualquier
persona, debidamente actualizada la información de los registros de los
sindicatos, así como expedir copias de los documentos que obren en los
expedientes que se les soliciten en términos del artículo 8 de la Constitución
y de las leyes que regulan el acceso a la información gubernamental.
Además,
el texto íntegro de las versiones públicas de sus estatutos tendrá que estar
disponible en los sitios de Internet de la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social y de las juntas locales de Conciliación y Arbitraje.
Del
mismo modo, se establece que los estatutos de los sindicatos contengan “el
número de miembros de la directiva y el procedimiento para su elección, que
deberá ser mediante voto libre, directo y secreto”, así como la época de
presentación de cuentas y sanciones a sus directivos en caso de incumplimiento.
Para
tales efectos, se agrega, se deberán establecer instancias y procedimientos
internos que aseguren la resolución de las controversias entre los agremiados
con motivo de la gestión y los fondos sindicales.
Las
bancadas del PAN y PRD también reformaron con 66 votos favor contra 62 del PRI,
PVEM y Nueva Alianza el artículo 373 para establecer que las directivas de los
sindicatos informen --por lo menos cada seis meses-- a sus agremiados sobre la
administración del patrimonio sindical, la situación de los ingresos por cuotas
y otros bienes, así como su destino.
Se
especificó en el texto que esa obligación no será “dispensable” y en todo
momento cualquier trabajador tendrá derecho de solicitar la información
correspondiente a los dirigentes del gremio.
Además,
se agregó que en caso de que los sindicalizados no hubieren recibido esos datos
o estimen la existencia de irregularidades en la gestión de los fondos
sindicales podrán acudir a las instancias y procedimientos internos o tramitar
ante la Junta de Conciliación y Arbitraje que corresponda “el cumplimiento de
dichas obligaciones”.
También
se hizo notar que el ejercicio de ese derecho por parte del trabajador
inconforme en ningún motivo implicará la pérdida de sus derechos sindicales ni
será causa de expulsión o separación del sindicato.
En
otra modificación, con 66 votos a favor y 62 en contra, se incluyó en los
artículos 388 bis y 390 los requisitos y procedimientos que un sindicato deberá
cumplir para celebrar un contrato colectivo de trabajo.
Para
ello, se agregó que las organizaciones sindicales promoverán ante la Junta de
Conciliación y Arbitraje competente, la solicitud que contendrá el proyecto de
estipulaciones del contrato colectivo, la determinación de los salarios, el
registro de la directiva sindical y de sus estatutos, así como el listado de
los nombres de los trabajadores, entre otras medidas.
También,
con 128 votos en pro, el pleno avaló los cambios al artículo 391 bis para
incluir que las juntas de Conciliación y Arbitraje harán públicos los contratos
colectivos de trabajo y los reglamentos interiores de los sindicatos, a fin de
que cualquier persona pueda consultar esa información
Asimismo,
esos organismos tendrán que expedir copias de los documentos en los términos que dispone la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
De
igual manera, con 128 votos, los senadores adicionaron el artículo 424 bis al
proyecto de decreto, a efecto de indicar que las juntas de Conciliación y
Arbitraje deberán hacer públicos los reglamentos interiores de los sindicatos
para cualquier persona pueda
consultarlos.
Tras
la aprobación, el senador Ernesto Cordero Arroyo, presidente de la Mesa
Directiva, dijo que a partir de esta devolución, la Cámara de Diputados deberá analizar,
discutir y votar únicamente el artículo que fue modificado y los siete que
fueron adicionados por los senadores.
Si
coincide con lo que estamos proponiendo, agregó, enviará al Ejecutivo federal
el decreto resultante para su promulgación, pero si no las acepta remitirá el
proyecto que considere nuevamente a la Cámara de Senadores, “para que
conozcamos y analicemos lo que proponga”.

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