México, D.F. El Pleno de la Cámara de Diputados rechazó el acuerdo de la
Junta de Coordinación Política por el que se planteaba el proyecto para
promover controversia constitucional contra la presentación de la iniciativa de
reforma a la Ley Federal del Trabajo, con carácter de preferente, enviada por
el titular del Ejecutivo.
El proyecto argumentaba que fue violado el artículo segundo
transitorio del Decreto constitucional en materia política, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el pasado 9 de agosto del presente año, que
establece: “para cumplir las disposiciones de la modificación constitucional
preferente, el Congreso tendrá hasta un año para emitir una Ley Reglamentaria”,
situación que -señala el documento- “no ha ocurrido”.
El acuerdo, rechazado en votación económica, solicitaba la
suspensión del proceso de dictaminación hasta en tanto la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) no resolviera el proceso de controversia
constitucional.
Al hablar en contra del punto de acuerdo, el diputado Héctor
Gutiérrez de la Garza (PRI) refirió que lo que algunos legisladores impugnan a
través de esta controversia es un supuesto acto del Ejecutivo. “Pretenden que
exista una intromisión de atribuciones con el Poder Legislativo y a su vez
señalan que hay violaciones de procedimiento”.
No obstante, dijo, un sinnúmero de tesis jurisprudenciales
señalan, de manera clara, que no proceden las controversias constitucionales en
contra de supuestos vicios de procedimiento. En este sentido, abundó, no hay
ningún fundamento “y la verdad sea dicha, no nos parece adecuado, salvo que a algunos
otros grupos parlamentarios les guste perder ante la Suprema Corte de Justicia
de la Nación y que desechen su controversia por notoriamente improcedente”.
Por su parte, la diputada Consuelo Argüelles Loya, del PAN,
coincidió en que la controversia es improcedente y sólo tiene miras de carácter
mediático. “Debemos señalar que el trámite de iniciativa preferente es un
procedimiento constitucional válido, vigente e incuestionable, por lo que
estamos obligados a respetar la supremacía de la Constitución, sin la necesidad
que su cumplimiento esté supeditado a la emisión de una legislación
secundaria”.
Agregó que el texto del artículo 71 constitucional resulta
claro y es puntual al señalar el procedimiento que se le dará a las iniciativas
del Ejecutivo federal con carácter de preferente.
El diputado Luis Antonio González Roldán, de Nueva Alianza,
defendió el proceso legislativo que se dio a la iniciativa preferente, cuya
reglamentación, aceptó, sigue pendiente; sin embargo, agregó, la Junta de
Coordinación Política asumió cabalmente sus atribuciones establecidas en la Ley
Orgánica del Congreso General para lograr acuerdos en la integración de la
Comisión de Trabajo y la consecuente dictaminación.
“Por ello, rechazamos las acciones de quienes pretenden desvirtuar
el trabajo realizado por la Cámara de Diputados, cuando los argumentos en el
debate parlamentario no les alcanzaron y decidieron salirse por la puerta de
atrás”.
Al manifestarse a favor del acuerdo, el diputado Silvano
Blanco Deaquino (PRD) señaló que cuando se aprobó la reforma política en el
numeral 71 se estableció un segundo transitorio que no fue por ocio. Era para
cumplirse, para hacer una ley reglamentaria adecuada, en el término de un año,
a fin de tratar una iniciativa preferente de esta magnitud”.
En este sentido, solicitó a los diputados opositores al
acuerdo no erigirse en jueces y determinar que es totalmente improcedente la
controversia constitucional. “Permitan que la Suprema Corte de Justicia de la
Nación determine si es procedente o no. Ningún acuerdo puede estar por encima
de la ley. Sostenemos que todo el proceso fue viciado y es anticonstitucional”.
Jorge Salgado Parra, también del PRD, dijo que pese al
argumento de que la iniciativa preferente no contraviene la Constitución, lo
cierto es que “veladamente se está modificando el orden constitucional al
reformarse los principios y valores que protegen y garantizan el trabajo en
condiciones dignas mediante un ordenamiento secundario”.
Finalmente, Ricardo Monreal Ávila (Movimiento Ciudadano)
destacó que a juicio de un sector de diputados, se violó la Constitución y no
se respetó el artículo segundo transitorio del 71 constitucional que establecía
la reglamentación de la iniciativa preferente para aplicarla.
“Hay tesis encontradas que no han definido sobre esta
contradicción. Hay quienes sostienen que si no hay reglamentación es
inaplicable la norma constitucional y hay quienes sostienen que es de
aplicación directa sin la necesidad de la reglamentación. Son debates
inacabados, pero venir a descalificar de que vamos a perder la controversia, es
grotesco, por eso es que queremos ir a la Corte, porque son los únicos que
pueden resolver sobre el fondo de la situación planteada”, concluyó Monreal
Ávila.

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